Publicado por diego - 17/01/2012 a las 16:32:04

Se trata de cubrir los gastos de defensa jurídica y posible indemnización a la que la empresa fuese condenada en caso de una reclamación por parte de un cliente o un tercero presuntamente perjudicado por su actuación profesional como empresa de marketing y publicidad.
Los seguros de responsabilidad civil de cualquier tipo de aseguradora , CUBREN los siguientes detallados a continuacion:
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Incumplimiento no intencionado de un contrato escrito.

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Incumplimiento de cualquier norma reguladora de publicidad comparativa.

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Difamación, incluyendo pero no limitado a libelo, injuria, calumnia, menosprecio hacia un producto.

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Infracción de los derechos de propiedad intelectual (pero excluyendo las patentes y los secretos comerciales), incluyendo pero no limitado a los derechos de autor, los derechos de marca registrada, los derechos de la identidad corporativa, los derechos publicitarios, incumplimientos por cyberokupación, los derechos morales, cualquier acto de imitación fraudulenta o cualquier malversación de formatos, personajes, nombres comerciales, nombres de personajes, títulos, argumentos, composiciones musicales, voces, lemas, material gráfico u obras de arte.

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Incumplimiento de una licencia que usted ha adquirido para usar una marca registrada y/o el material con derechos de autor de un tercero.

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El incumplimiento de cualquier deber de confidencialidad, invasión de la privacidad o vulneración de cualquier otra protección legal de información personal.

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Nosotros también pagaremos sus gastos de defensa.

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Si usted, tras revisar una reclamación contra un cliente, nos lo solicita por escrito, nosotros abonaremos, con su previo consentimiento por escrito, las sumas incurridas por su cliente debidas a la presentación de una reclamación contra el mismo que surja directamente del contenido suministrado en medios de comunicación y creado por usted durante la realización de su actividad profesional.

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Si usted conoce un hecho o circunstancia que pudiera derivar en reclamación con o sin el conocimiento de su cliente, y si dicho hecho o circunstancia surge directamente de un error involuntario cometido durante la realización de su actividad profesional, entonces nosotros abonaremos cualquier coste, razonable y necesario.
Lo que NO CUBREN estos tipos de seguros son los siguientes:
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Cualquier responsabilidad contractual donde en el momento de la firma de dicho contrato usted tenía conocimiento, o razonablemente debería haber conocido, que no había suficientes recursos técnicos, creativos, logísticos o financieros para llevar a cabo el contrato según se prometió. Los daños consecuenciales, especiales o indirectos, o la pérdida de beneficios del demandante.

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Derivada de cualquier responsabilidad por cualquier diseño de producto, diseño industrial, diseño arquitectónico o servicios de arquitectura.

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Derivada de previsiones o estimaciones de premios, cupones o de niveles de vales de reembolso que se excede o que no se cumple.

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Derivada de cualquier responsabilidad de producto, responsabilidad relacionada con la seguridad o la salud, o cualquier otra responsabilidad derivada de la venta, fabricación, uso o consumo de cualquier producto o servicio del cliente.

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Derivada de cualquier inexactitud de cualquier material o información suministrada a usted por un cliente o el agente de un cliente, incluyendo pero no limitado a comparaciones de competidores y declaraciones de Información nutricional.

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Derivada de cualquier vulneración de:
Cualquier normativa para el control de la pornografía y del “spam”.
Cualquier normativa para la protección del consumidor de venta telefónica; o cualquier otra ley, norma o estatuto en relación con la comunicación, distribución, envío o transmisión no solicitado de cualquier comunicación a través del teléfono o cualquier otro aparato electrónico o de telecomunicaciones.

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Derivada de cualquier incumplimiento, uso o divulgación de una patente, o cualquier uso, divulgación o apropiación indebida de un secreto comercial.

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Derivada de cualquier conducta fraudulenta, conducta deshonesta, acto tipificado como delito o falta, conducta dolosa, conducta cometida en omisión dolosa de los derechos de otros (aunque no en cuanto a una reclamación por difamación), conducta cuya intención es causar daño a otra persona o negocio, o cualquier vulneración conocida o intencionada de una ley bien sea cometida por el asegurado o por otro cuya conducta o vulneración de la ley el asegurado haya ratificado o aprobado activamente.

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Por la cual usted está legalmente obligado a pagar sanciones, multas o penalizaciones penales, civiles o regulatorias, la devolución de ganancias ilícitas, daños triplicados y/o daños múltiples, incluyendo pero no limitado a aquellos impuestos por cualquier organismo gubernamental federal, estatal o local.

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Derivada de cualquier fallo o interrupción del servicio prestado por un proveedor de servicios de Internet, proveedor de telecomunicaciones u otro proveedor de servicios públicos, excepto cuando usted provee aquellos servicios como parte de su actividad profesional.
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